Suprema Corte de Justicia se pronuncia respecto a la explotación sexual

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La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia estableció que la legislación dominicana no castiga o sanciona la prostitución, sino aquel que la explote y se beneficie de ella, al amparo del artículo 334 del Código Penal.

La jurisprudencia establece que pueden existir muchas causales o circunstancias por las cuales las personas que se dedican al proxenetismo se vean compelidas a comparecer ante un juicio, no siendo esta una causal para que se no pueda demostrar con otros medios de pruebas si una persona o un determinado grupo de personas o institución se dedican al proxenetismo.

En ese sentido, la citada sala mediante Sentencia núm. 001-022-2021-SSEN-00872 de fecha 31 de agosto de 2021, casó la sentencia impugnada por falta de valoración de pruebas de indicios.

De acuerdo con la sentencia, la parte acusadora presentó una serie de pruebas de indicios que no fueron valoradas en su justa dimensión, ya que según se aprecia tanto el tribunal de juicio como el de Alzada se centraron básicamente en la no presencia ante el plenario de una de las víctimas, dejando de lado las demás pruebas presentadas, lo cual convierte su decisión en manifiestamente infundada.

La decisión fue adoptada por los magistrados Fran Euclides Soto Sánchez, Francisco Antonio Ortega Polanco, Moisés A. Ferrer Landrón y la magistrada María G. Garabito Ramírez.

Para mayor información acceda al siguiente enlace: https://consultaglobal.blob.core.windows.net/documentos/5f49d9e3-addd-4711-9a3f-16edf501454e_FCG_PUB.pdf

¡Pará qué lo anotes!

Según Unicef, República Dominicana tiene importantes desafíos para proteger a la niñez contra la violencia, el abuso y la explotación. El 3% de los niños y adolescentes de 1 a 14 años son víctimas de disciplina violenta en sus hogares; mientras que un 29% de las víctimas de delitos sexuales reportados son menores de edad. A la demanda local por explotación sexual, se suman las víctimas del turismo; ya que, en otro estudio realizado en municipios turísticos, el 45% de los adolescentes dijo conocer a un niña, niño o adolescente que tuvo relaciones sexuales con un extranjero a cambio de dinero.

Por otra parte, un 37% de las mujeres jóvenes en República Dominicana se casaron o unieron antes de los 18 años y un 10% antes de los 15. Entre el quintil más pobre estas cifras prácticamente se duplican alcanzando el 59% y el 23% respectivamente.

Polos turisticos

En ooctubre del 2020, el Ministerio de Turismo (Mitur) suscribió un acuerdo con la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) y la Asociación Nacional de Hoteles y Turismo (Asonahores) que busca prevenir el uso de sustancias ilícitas en los polos turísticos.

Mediante el convenio con la DNCD y Asonahores, el Mitur se comprometen a tomar las medidas apropiadas para prevenir la explotación sexual y la trata de personas en viajes de Niños, Niñas y Adolescentes. Asimismo, facilitará la capacitación necesaria de formadores sobre los temas abordados en el Código de Conducta, las políticas vigentes y la legislación que la sustenta.

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